
Asimismo, se eliminó la
obligatoriedad de presentar la Declaración Jurada Mensual para
los contribuyentes exentos comprendidos en el Art. 194 inc. a) y b) del Código
Fiscal (Texto Ordenado 2014)
a)
Las actividades ejercidas por el Estado Nacional, los Estados Provinciales y
Municipalidades, sus dependencias, reparticiones autárquicas y
descentralizadas. No se encuentran comprendidos en esta exención los organismos
o empresas que realicen operaciones comerciales, industriales, bancarias o de
prestación de servicios a terceros a título oneroso;
b)
La prestación de servicios públicos efectuados por el Estado Nacional, los
Estados Provinciales y las Municipalidades, sus dependencias, reparticiones
autárquicas y descentralizadas, cuando las prestaciones efectuadas lo sean en
función de Estado como Poder Público siempre que no constituyan operaciones
comerciales, industriales, bancarias o de prestación de servicios a terceros a
título oneroso;
Es de destacar, que sigue
vigente la excepción de presentación de Declaración Jurada Mensual incorporada
por la Res 6/2014 para los contribuyentes exentos, comprendidos en los
incisos v) y d') del Art. 194
Art.
194 Inc. V): El ingreso provieniente de la locación de viviendas,
siempre que el locador sea una persona física y que el importe mensual de
alquiler no supere el valor que establezca la Ley Impositiva.(Res. 724 Abril
2017 $8.000 - Mayo 2016: $6.000)
Para
el caso de inmuebles rurales, estarán exentos los ingresos provenientes de la
locación, siempre que la suma de las valuaciones fiscales del año anterior, de
los inmuebles locados en el ejercicio corriente, no supere el importe que
establezca la Ley Impositiva” (fijado en 160.000 pesos).
Art. 194 inc. d'): los ingresos obtenidos por
el desempeño de actividades didácticas o pedagógicas, culturales o
artísticas y los de artesanos feriantes, provenientes de las ventas de
sus propios productos artesanales, realizadas en forma individual y directa por
personas físicas, no organizadas como empresa. Este beneficio no alcanza a las
actividades de intermediación, producción, organización, representación y demás
figuras similares de quienes realizan las manifestaciones culturales”.