RG 4298 - Sistema de Transacciones Relevantes (SITER)
AFIP modificó el Sistema de Transacciones Relevantes, relacionado con el hecho de que a partir de 2018 están gravadas en impuesto a las ganancias las ganancias obtenidas de inversiones, por ejemplo en plazo fijo, títulos públicos, etc.
Las entidades financieras deberán informar:
- Acreditaciones mensuales sean iguales ó superen $30.000
- Extracciones mensuales sean iguales ó superen $30.000
- Los saldos que al último día hábil del período resulten iguales ó superiores en el mes a $30.000
- Monto total acumulado de plazos fijos constituitos en el período sea mensual ó igual a $30.000
- Consumos de tarjetas de débito de titular y/o adicionales sean iguales ó superiores a $10.000
- Consumos con tarjetas de débitos en el exterior realizados por el titular y/o adicionales.
- Cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del poder judicial.
Entidades que administren fondos de inversión:
- Compras y/o ventas de títulos públicos
- Operaciones de pase y/o caución
- Movimiento de fondos entre los agentes y sus comitentes
Decreto 793/ Retenciones a Exportaciones
- 12% con límite de 4$ por cada dólar ó $3 por cada dolar, dependiendo del tipo de bien
Facturación en dólares y pagos en pesos
Al momento de facturar en dólares, hay que tener en cuenta los dictámenes de AFIP Dictamen 24/91 y Dictamen 31/03.
- Si se paga en dólares, no hay nacimiento de un nuevo hecho imponible gravado en IVA.
- En cambio, si se paga en pesos, se establece una diferencia de cambio que constituye un hecho imponible gravado en IVA. La diferencia de cambio que se genera, tiene autonomía y es un hecho imponible autónomo. El IVA se aplica inclusive, sobre el mismo IVA facturado originalmente. Consulta el Dictamente completo aqui

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