¿Qué informan los bancos a AFIP?


AFIP modificó el Sistema de Transacciones Relevantes, a través de la RG 4298.

Algunas de las modificaciones, están vinculadas al hecho de que a partir de 2018 están gravadas en impuesto a las ganancias las ganancias obtenidas de inversiones, por ejemplo en plazo fijo, títulos públicos, etc. y AFIP necesita más (aún más) información

BANCOS:
Las entidades financieras deberán informar a AFIP:
  • Las altas, bajas y modificaciones en cualquier tipo de cuenta bancaria (caja de ahorro, cuenta sueldo, cuenta corriente,  cuenta de seguridad social, etc,)
  • Acreditaciones mensuales sean iguales ó superen $30.000
  • Extracciones mensuales sean iguales ó superen $30.000
  • Los saldos que al último día hábil del período resulten iguales ó superiores a $30.000 
  • Monto total acumulado de plazos fijos constituidos en el período sea mensual ó igual a $30.000 
  • Consumos en el país con tarjetas de débito de titular y/o adicionales sean iguales ó superiores a $10.000 
  • Consumos en el exterior con tarjetas de débitos en el exterior realizados por el titular y/o adicionales (cualquier monto)
  • Cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del poder judicial.

FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN

Las administradoras de Fondos Comunes de Inversión deberán informar mensualmente:
  • Las compras y ventas de títulos valores públicos ó privados negociados en el país, suscripciones y rescates de cuotas partes de fondos comunes de inversión.
  • Operaciones de pase ó caución
  • Movimientos de fondos entre los agentes de liquidación y sus comitentes registrados en la CNV, y entre las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y los cuotapartistas.
ENTIDADES INTERVINIENTES EN EL MERCADO DE CAPITALES
  • Deberán informar por cada comitente, el detalle de los títulos valores y cuotapartes con sus respectivos  saldos al 31/12 de cada año