Progresivamente, todos los contribuyentes deberán incorporar el código QR en las facturas y documentos equivalentes que emitan.
Este requerimiento ya ha sido implementado anteriormente en los controladores de nueva tecnología.
¿Esto podrá facilitar el registro de comprobantes a partir de un lector?
No, lamentablemente los datos que se podrán leer en el QR son insuficientes para poder utilizarlos para el alta de comprobantes.
Los datos que pueden leerse del QR son compatibles con los datos que se deben informar al momento de hacer la Constatación de Comprobantes
¿Qué datos se podrán leer del QR?
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¿A partir de cuando es obligatorio?
- Para la emisión de comprobantes electrónicos mediante "Comprobantes en Línea", desde el 24/12/2020
- Para la emisión de comprobantes electrónicos mediante "Webservices" dependerá del tipo de contribuyente y su monto de facturación, de acuerdo al siguiente cronograma.
Incorporación QR en
Facturación WebServices |
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Responsables Inscriptos |
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Operaciones gravadas, exentas y no
gravadas (netas de impuestos) durante 2020 |
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Más de 10.000.000 |
1/3/2021 |
Entre 2.000.000 y 10.000.000 |
1/4/2021 |
Entre 500.000 y 2.000.000 |
1/5/2021 |
Menos de 500.000 |
1/6/2021 |
Exentos y Pequeños Contribuyentes |
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A partir de |
1/6/2021 |
Atención Clientes:
Progresivamente iremos actualizando los diseños de impresión dando prioridad de acuerdo a la fecha de implementación.
Contactanos a mesadeayuda@delrincon.com.ar